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Extranjeros titulares de Visa Colombiana y turistas: Nuevas normas de ingreso

Migración Colombia y el Ministerio de Salud y Protección Social han dispuesto las nuevas normas de ingreso al país, dirigidas a los extranjeros titulares de Visa Colombiana y turistas, según la resolución 2052 que rige a partir del 14 de diciembre de 2021, que tiene por objeto “adoptar medidas preventivas transitorias para el control sanitario para el ingreso al país de viajeros internacionales, por vía aérea”, como lo contempla en su artículo 1.

Normas de ingreso para extranjeros titulares de Visa Colombiana y turistas

Resolución 2052 Ingreso De Extranjeros Visa Colombiana Turistas Y Colombianos

Como parte de las medidas sanitarias preventivas, los viajeros internacionales que ingresen a Colombia, en los términos del artículo 1° de dicha resolución, deberán acatar las siguientes medidas:

Artículo 3.1 Certificación o Carne de vacunación. Todos los viajeros internacionales de 18 años y más que ingresan a Colombia, deberán presentar el certificado o carné de vacunación con esquema completo, teniendo un mínimo de 14 días desde la fecha que se completó el esquema. Las vacunas exigibles serán aquellas autorizadas por la Organización Mundial de la Salud, que podrán ser consultadas en (https://covid-19pharmacovigilance.paho.org/) o aquellas oficialmente aprobadas por un país o territorio reconocido de las Naciones Unidas.

La definición de esquema completo será de acuerdo a la recomendación técnica del productor de cada biológico. El Ministerio de Salud y Protección Social publicará de manera informativa los listados vigentes de las vacunas y esquemas aprobados, en la página web y en la aplicación Min Salud digital.

Extranjeros Visa Colombiana Ingreso A Colombia

Artículo 3.2 Para los extranjeros, de 18 años o más, no residentes en Colombia que no tengan esquema completo de vacunación o que no cumplan los 14 días de haber terminado el esquema, podrán ingresar al país presentando una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada. Los extranjeros no residentes en Colombia que no hayan comenzado un esquema de vacunación no podrán ser exceptuados del requisito de vacunación con esquema completo, ni presentar prueba como alternativa de ingreso.

Artículo 3.3 En el caso exclusivo de colombianos, extranjeros con residencia permanente en Colombia, diplomáticos y sus dependientes de 18 años o más, que no cuenten con el carné de vacunación o que tengan el esquema de vacunación incompleto o que no cumplan los 14 días de haber terminado el esquema, deberán presentar una prueba PCR con resultado negativo, expedido con una antelación no mayor de 72 horas antes de la fecha y hora de embarque inicialmente programada.

Sobre el Certificado de Vacunación de extranjeros titulares de Visa Colombiana y turistas

Artículo 3.4 El Certificado o carné de vacunación podrá ser presentado de manera física o digital que para el caso de Colombia se puede obtener en https://mivacuna.sispro.gov.co/MiVacuna/Account/Login o en la aplicación MinSalud digital. Deberá permitir identificar como mínimo el nombre y apellidos del titular, tipo y número de identificación, fecha de vacunación, nombre de la vacuna administrada o del fabricante de la vacuna, y número de dosis administradas.

Artículo 3.5 Todos los viajeros internacionales, sean connacionales o no, deberán realizar el registro a través de la aplicación Check-Mig de la Unidad Especial de Migración Colombia.

Sobre las responsabilidades de los pasajeros

Los pasajeros deberán cumplir con las siguientes acciones:

Artículo 5.1 Cumplir lo dispuesto en el artículo 3° de la presente resolución

Artículo 5.2 No viajar si presenta síntomas asociados con COVID-19, si presentó contacto estrecho de un caso positivo de COVID-19 o si ha sido diagnosticado positivo para COVID-19 en los últimos 14 días.

Artículo 5.3 Utilizar en todo momento los tapabocas o mascarillas de manera adecuada. Se recomienda el uso de tapabocas tipo N95 para las personas mayores de 60 años o aquellas que presenten comorbilidades, ya que presentan mayor vulnerabilidad de presentar cuadros graves.

Para ver la resolución completa, diríjase al siguiente enlace: https://www.minsalud.gov.co/Normatividad_Nuevo/Resoluci%C3%B3n%20No.%202052%20de%202021.pdf

Conclusión

En resumen, para el ingreso a Colombia, los Extranjeros con Visa Colombiana Tipo R, colombianos y diplomáticos, podrán ingresar al país si cuentan con esquema completo de vacunación (14 días antes del ingreso) o prueba PCR negativa para Covid-19 (con máximo 72 horas de expedición) y Formulario Check Mig. De no contar con vacuna ni PCR negativa podrán ingresar al país, pero serán remitidos a la Secretaría de Salud correspondiente.

En el caso de los extranjeros turistas, titulares de Visa Colombiana Tipo V o Visa Colombiana Tipo M, aplican las mismas condiciones, con la diferencia de que solo se les aceptará la prueba PCR con negativa para Covid-19 en caso de tener el esquema de vacunación incompleto o no cumplir los 14 días de haber terminado el esquema. Sin vacuna no se les permitirá el ingreso al país.

Para los menores de 18 años extranjeros no residentes no serán aplicables los requisitos de carné de vacunación ni presentación de prueba PCR, según disposiciones contenidas en las resoluciones emitidas por el Ministerio de Salud y Ministerio de Transporte.

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