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¿Cómo saco la visa en Colombia? Diferentes tipos de visa colombiana

Te has preguntado alguna vez: ¿cómo saco la visa en Colombia? Un extranjero puede solicitar en Colombia cualquiera de los tres tipos de visas que existen actualmente:

  1. Visa de visitante o visa tipo V
  2. Visa de migrante o visa tipo M
  3. Visa de residente o visa tipo R

Mientras cumpla con los requisitos solicitados.

¿Cuáles son los requisitos para saber cómo saco la visa en Colombia?

Todos los tipos de visa tienen en común los siguientes requisitos, complementando con los demás recaudos que solicitan según cada tipo de visa colombiana.

Los requisitos comunes para todas las solicitudes de visa son:

  1. Copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje, donde aparecen los datos biográficos del solicitante.
  2. Si usted solicita su visa en Colombia deberá demostrar que se encuentra en situación migratoria regular y presentar último sello de ingreso, de salida o salvoconducto, según sea el caso.
  3. Si, en cambio, usted solicita su visa en un consulado de Colombia en el exterior, deberá presentar copia del documento que demuestra su permanencia regular en ese país.

¿Cómo saco la visa en Colombia según el tipo de visa?

Ahora que ya conocemos los requisitos generales para cualquier solicitud de visa, debemos conocer los requisitos específicos para cada tipo de visa colombiana:

VISA DE VISITANTE (TIPO V)

Esta visa es exclusiva para los extranjeros que ingresan al país de manera temporal para visitarlo o para asistir a algún tipo de evento.

Se podrá otorgar la visa tipo V con vigencia hasta de 2 años tomando en cuenta la actividad que se propone el extranjero en Colombia.

Esta visa le permite al titular realizar:

  1. Tránsito aeroportuario. (En este caso la visa tendrá una vigencia de hasta treinta (30) días para múltiples tránsitos y la permanencia autorizada al titular de la visa será de máximo 24 horas restringida a zonas estériles o de tránsito directo en aeropuertos).
  2. Turismo. (Para este caso la permanencia en el territorio nacional autorizada al titular será de máximo 180 días continuos o discontinuos improrrogables en cada 365 días de uso de la visa)
  3. Gestiones de negocios. (La permanencia en el territorio nacional autorizada al titular será de máximo 180 días continuos o discontinuos improrrogables en cada 365 días de uso de la visa)
  4. Intercambio académico y estudios en arte u oficios y postgrados.
  5. Tratamiento médico.
  6. Trámites administrativos y/o judiciales.
  7. Tripulante de embarcación o en plataforma costera
  8. Participación en eventos. La permanencia en el territorio nacional autorizada al titular será de máximo 180 días continuos o discontinuos improrrogables en cada 365 días de uso de la visa.
  9. Pasantía o prácticas.
  10. Voluntariado
  11. Producción audiovisual y/o digital.
  12. Cubrimiento periodístico.
  13. Prestador de servicios temporales.
  14. Traslado de personal intracorporativo en el marco de instrumentos internacionales vigentes.
  15. Oficial o representante comercial de gobierno extranjero.
  16. Visitar el territorio nacional bajo programas vacaciones-trabajo acordados por Colombia con otros Estados mediante tratados en vigor. (En este caso la vigencia será de un (1) año. La permanencia en el territorio nacional autorizada al titular será igual al tiempo de vigencia de la misma)

VISA DE MIGRANTE (TIPO M)

TRAMITE DE VISA DE CONYUGE SIN APOSTILLAR PAPELES

Es la visa diseñada para aquel extranjero que desee tanto ingresar como permanecer en el territorio nacional con la intención de establecerse, y no cumple aún con las condiciones ni requisitos para solicitar la visa tipo R.

Podrán aplicar a este tipo de visa las personas que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:

  1. Cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano.
  2. Padre o hijo de nacional colombiano por adopción.
  3. Migrante Andino.
  4. Refugiado
  5. Trabajo
  6. Empresario
  7. Ejercer profesión o actividad independiente.
  8. Religioso
  9. Estudiantes de primaria, secundaria, media y pregrado.
  10. Inversor inmobiliario.
  11. Jubilado
  12. Rentista

La vigencia de la visa tipo M es de tres años. El tiempo de permanencia autorizado en el territorio nacional al titular de la visa tipo M será igual al tiempo de vigencia de la misma.

VISA DE RESIDENTE (TIPO R)

Este tipo de Visa es para quienes aspiren establecerse o fijar su domicilio permanente en Colombia en virtud de una de las siguientes razones: haber renunciado a la nacionalidad colombiana; ser padre de nacional colombiano por nacimiento; tiempo acumulado de permanencia; inversión extranjera directa.

Este permiso es para quienes deseen establecerse permanentemente en Colombia y para poder solicitarla, el extranjero debe llevar dentro del país mínimamente dos años ininterrumpidos en el país.

La vigencia de esta visa es indefinida. El tiempo de permanencia autorizado en el territorio nacional al titular de la visa tipo “R” será igual al tiempo de vigencia. La resolución 6045 de 2017 artículo 25 señala que el tiempo de validez de la etiqueta de este tipo de visa será de 5 años, y el titular tiene la posibilidad de solicitar la renovación de este documento por periodos iguales mediante trámite de traspaso de visa.

Existen 5 tipos de visa R:

  1. Vista Tipo R Migrante Andino
  2. Visa Tipo R Cónyuge/Compañero permanente de nacional colombiano
  3. Visa Tipo R Tiempo acumulado
  4. Visa Tipo R Hijo colombiano
  5. Visa Tipo R Inversión extranjera

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