01.
Trabajador
suelen ser a término indefinido o que siendo para un periodo fijo no menor a un año tienen posibilidad de renovación por periodos iguales.
La visa tipo “M” tendrá vigencia de tres años. Cuando la duración del contrato sea menor a tres años, la visa tipo “M” podrá tener vigencia inferior.
Requisitos específicos
- Presentar diligenciado el formato resumen de contrato.
Nota: La autoridad de visa podrá exigir la presentación del contrato original cuando la información registrada en el formato resumen de contrato no sea suficiente, presente inconsistencia o requiera aclaración. - Carta de motivación del empleador.
- Extractos bancarios del empleador correspondientes a los 4 meses previos a la solicitud. Cuando el empleador sea una persona jurídica deberá demostrar ingresos promedio mensuales de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- En caso de que se trate de una profesión no regulada, aportar copia del
título profesional apostillado o legalizado y traducido o certificaciones de
laborales y de experiencia que sustenten su idoneidad
02.
Compañero (a) permanente de nacional colombiano
Requisitos específicos
- Copia auténtica de la escritura pública, providencia judicial o acta de conciliación; o certificado de vigencia cuando corresponda, expedida con una antelación no mayor a (3) tres meses en donde se declara la existencia de la unión marital de hecho. La fecha de formalización del documento que da sustento a la unión de hecho deberá ser mayor a un (1) año al momento de la solicitud de visa.
- Carta de solicitud de la visa firmada por el cónyuge colombiano acompañada de fotocopia de la cédula de ciudadanía y poder especial otorgado por este al extranjero para solicitar dicha visa.
- Certificado de movimientos migratorios del extranjero y su cónyuge.
Nota: Cuando la solicitud de visa en calidad de compañero permanente de nacional colombiano se presente ante una Oficina Consular se aceptará el documento válido que compruebe la unión marital de hecho de acuerdo con las leyes del lugar de solicitud.
La visa tipo “M” tendrá vigencia de un año. Tiene permiso abierto de trabajo y permite solicitar visa de beneficiario.
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03.
Cónyuge
Esta visa permite acumular tiempo para la Visa de Residente.
Requisitos específicos
- Copia autentica del Registro Civil de Matrimonio colombiano.
- Carta de solicitud de la visa firmada por el cónyuge colombiano acompañada de fotocopia de la cédula de ciudadanía y poder especial otorgado por este al extranjero para solicitar dicha visa.
- Certificado de movimientos migratorios del extranjero y su cónyuge.
La visa tipo “M” tendrá vigencia de tres años. Tiene permiso abierto de trabajo y permite solicitar visa de beneficiario
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