Obtener una Visa de Inversión en Colombia es un proceso relativamente fácil, una vez que haya realizado la inversión en Colombia, si cuenta con una agencia de visas que le brinde acompañamiento en todo el proceso. Estas visas están destinadas a extranjeros que realizan una inversión en Colombia, y más adelante en este artículo te contaremos qué tipos de inversiones aplican para estas visas.
Según Cancillería, Colombia es la tercera economía en América Latina y uno de los países con mayor estabilidad económica en la región. En los últimos seis años la economía del país creció en promedio por encima de 4%. La clase media aumentó, pasando a representar aproximadamente 25% de la población colombiana. Se espera que la clase media colombiana sea el 44% de la población en 2020 y el 60% en 2025.
Así que, si estás pensando en obtener una Visa de inversión en Colombia, sigue leyendo y entérate de los aspectos más relevantes.
¿Cómo se solicita una visa de inversión en Colombia?
La visa de inversión en Colombia se puede solicitar en línea, o puede realizar su trámite de visas colombianas en los consulados colombianos alrededor del mundo. El proceso de la visa colombiana en línea requerirá escaneos de todos los documentos solicitados en archivos PDF, más la foto en formato JPG.
Después de recibir la aprobación de la visa en línea, debe viajar al Ministerio de Relaciones Exteriores en Bogotá para obtener la visa en su pasaporte, si realizó el trámite en Colombia; si lo hace desde otro país, puede obtener la visa en su pasaporte en un consulado de Colombia.
¿Qué tipo de visa de inversión en Colombia puedo solicitar?
1. Visa de inversión tipo M – Socio / Propietario
Podrá aplicar el extranjero socio o propietario de sociedad comercial por un monto no inferior a cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
La visa tipo “M” tendrá vigencia de tres años; y deberá presentar, en su solicitud, los siguientes documentos:
- Carta de solicitud en la que se informe con precisión, razón social, domicilio y Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad comercial constituida o en la que invierte.
- Certificado de composición accionaria suscrito por contador público, indicando monto de capital o activo registrado y pagado de propiedad del extranjero solicitante de la visa, el cual no podrá ser inferior al equivalente de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, cuando se trate de sociedades por acciones.
- Certificado de apertura de cuenta bancaria a nombre de la empresa.
- Apoyo para el ingreso a Colombia del monto total de capital que figura como pagado en la Cámara de Comercio.
- Certificado de inversión extranjera emitido por el Banco de la República.
- Certificado de composición accionaria elaborado por un contador.
- Fotocopia de cédula y del carnet profesional del contador.
- Certificado actual de los antecedentes disciplinarios del contador.
La autoridad de visas podrá exigir la presentación del contrato original de sociedad, documento de constitución o información financiera de la empresa cuando la documentación aportada resulte insuficiente, presente inconsistencias o requiera aclaración.
2. Visa de inversión tipo M – Inversión inmobiliaria
Para la Visa tipo M por inversión inmobiliaria, podrá aplicar el extranjero que haya adquirido un inmueble en Colombia por un monto no inferior a trescientos cincuenta (350) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Y deberá presentar, además:
- Certificado de libertad y tradición del inmueble adquirido que pruebe titularidad del dominio.
- Comunicación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República en la que conste el registro de la inversión extranjera directa para la compra de inmuebles a nombre del extranjero solicitante de la visa, por un monto no inferior a trescientos cincuenta (350) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
3. Visa de inversión tipo R – Inversión extranjera directa
Para este tipo de visa podrá aplicar el extranjero que haya registrado ante el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República, una inversión extranjera directa cuyo monto sea superior a seiscientos cincuenta (650) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
La visa tipo “R” tendrá vigencia indefinida. El tiempo de permanencia autorizado en el territorio nacional al titular de la visa tipo “R” será igual al tiempo de vigencia.
Requisito específico: Certificación expedida por el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República en la que conste el registro de la inversión extranjera directa a nombre del extranjero.
Recuerda que en VISAS EN COLOMBIA somos expertos en tramitar visa colombiana. Haz de tu trámite un proceso ágil y sencillo con nuestra asesoría y acompañamiento. Contáctanos.