Si eres extranjero y tienes un padre, madre o hijo colombiano por adopción, tienes derecho de aplicar a este tipo de Visa tipo M, reuniendo los requisitos solicitados. Esta visa, podrá tener una duración máxima de 3 años y podrás renovarla mientras sigas cumpliendo con los requisitos.
Es importante saber que, a las personas que se les otorga esta visa tipo M por ser padre o hijo de un nacional colombiano por adopción, tienen permitido trabajar y realizar todo tipo de actividades lícitas dentro del territorio colombiano.
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¿Cuáles son los requisitos generales para la Visa de padre o hijo de nacional por adopción?
Los requisitos generales y que son solicitados para todos los tipos de visas, son:
- Pasaporte o documento de viaje vigente. En buenas condiciones y con espacio libre para visado.
- Copia de la página principal del pasaporte o documento de viaje, donde se visualizan los datos biográficos de la persona.
- Si usted está en Colombia, deberá demostrar que está en estado migratorio regular en el país y mostrar el último sello de ingreso, de salida o salvoconducto, dependiendo a su caso.
- Si, por el contrario, se encuentra fuera del territorio colombiano y desea solicitar la visa en el exterior, debe anexar la copia del documento que compruebe su permanencia regular en ese país.
- Fotografía tipo documento reciente de 3x4cm, a color, con fondo blanco y de frente. En formato JPG y que pese máximo 300 KB.
Los documentos deben ser expedidos con una fecha menor a 3 meses al momento de radicar la solicitud. Esto aplica para todos los documentos, excepto los de identidad y de viaje.
Los documentos del exterior deberán contar con apostilla o legalización, y deben contar con traducción oficial al castellano cuando no se encuentre en este idioma. La traducción también debe ser apostillada o legalizada.
Además de los requisitos anteriores, debe anexar:
- Copia de la resolución de inscripción o de la carta de naturaleza de la nacionalidad colombiana por adopción de quien el solicitante es el padre, madre o hijo.
- Documento que acredite el parentesco, en primer grado de consanguinidad, entre el extranjero que tramita la visa y el nacional colombiano por adopción. Este documento podrá ser la copia auténtica del acta o registro civil de nacimiento. En todo caso, servirá para la acreditación el documento que, de acuerdo con las leyes del país emisor, certifique tal parentesco.
- Carta de solicitud de visa firmada por el colombiano por adopción, sea el padre o el hijo. En caso de ser menor de edad, la carta tendrá que estar firmada por las personas que tengan la tutoría o patria potestad.
¿Cuánto dura el trámite de Visa de padre o hijo de nacional colombiano por adopción?
Una vez radicada la solicitud y luego de hacer el pago, la autoridad de visas tendrá un término de hasta 5 días hábiles para emitir un concepto sobre la solicitud. Sin embargo, este tiempo podrá ser extendido hasta 30 días calendarios cuando se requiera información adicional.
Luego de esto, después del pago de la expedición de la visa, la autoridad tiene hasta 3 días hábiles para la expedición y envío de la e-visa.
Una vez que obtengas la visa tipo M, si decides estar de manera indefinida en Colombia y establecer tu domicilio aquí, podrás solicitar la visa de Residente o tipo R. Asimismo, si te interesa realizar la solicitud de la visa tipo R padre o hijo de un nacional colombiano por adopción, ten presente que para acceder a esta se requiere haber permanecido en el país como titular de la visa tipo M y de manera continua e ininterrumpida por 2 años.
Los requisitos para sacar la visa en Colombia pueden variar de una visa a otra, por esta razón es importante contar con una buena asesoría para evaluar qué tipo de visa es la más adecuada, y que de esta manera, se pueda garantizar un trámite lo más acertado posible. Contáctanos y recibe asesoría y acompañamiento en todo tu trámite con VISAS EN COLOMBIA. Hacemos todo el trámite de tu visa en un proceso ágil.